En esta entrada vamos a tratar el tema de las modificaciones en el vehículo, las cuales pueden ir encaminadas desde un punto de vista práctico o meramente estético y hortera en la mayoría de los casos.
Practico
Pueden ser todas aquellas modificaciones relacionadas con cualquier actividad relacionada con los usuarios del vehículo o para mejorar ciertos aspectos de confort.
-Bola de remolque
-Bacas portaequipajes, o elementos deportivos; bicis, tablas de surf, deportes de invierno etc.
-Soportes traseros portabicis
-Tintado de lunas
-Suspensiones y amortiguadores
-Antenas de radio
-Altavoces y carteles exteriores
-Ejes
...............etc
Estético horteras
-Pintado o vinilado de carrocerías
-Cambio drástico de pasos de rueda y tamaño de llantas
-Alerones
-Iluminación
-Parachoques y defensas traseras
-Cambios en los mecanismos de apertura de puertas
-Aletas
Por lo general todas estas modificaciones son susceptibles de homologación, lo que se traduce en una serie de cosas:
-Al no ser modificaciones de fábrica han de llevarse a cabo por profesionales de manera que sepan en cada momento que elementos de las modificaciones pueden alterar el correcto funcionamiento del vehículo y en qué medida.
-Serán de especial análisis todas aquellas modificaciones que conlleven una alteración más o menos sustancial de las cotas del vehículo, y aquellas que puedan cubrir de forma total o parcial elementos de seguridad pasiva del vehículo de fábrica, así como sus características de visibilidad y demás
-Se deberá realizar un estudio previo de las modificaciones teniendo en cuenta las alteraciones de ingeniería en cuanto a seguridad vial del vehículo, así como de la forma de proceder a la hora de su instalación, cotas con relación a la vía a circular, comportamiento en funcionamiento, aerodinámica, de resistencia etc.
-Una vez realizado dicho estudio se abonarán la correspondiente suma necesaria para cubrir los gastos de investigación por parte de los ingenieros.
-En caso desfavorable está claro el resultado de la homologación.
-En caso favorable ese estudio acompañará las piezas modificadoras, de manera que en todo momento siempre que se requiera una inspección por parte de quien sea (ITV, autoridades, etc,,,) éste sirva de justificante en cuanto a la forma de instalación por parte del técnico, modificación acometida etc a la hora de llevar a cabo cualquier indagación en lo que a responsabilidades civiles se refiere
Certificado tipo para homologación que debe acompañar la modificación
CERTIFICADO DE TALLER
(ANEXO II DEL MANUAL DE REFORMAS DE IMPORTANCIA PUBLICADO POR EL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA)
D. ............................................................................................................................, expresamente
autorizado por la Empresa..................................................................................., domiciliada en
................................................ provincia de ...................................................................., calle
................................................................nº........... teléfono ................................., dedicada a la
actividad de ..............................................................................., con nº de Registro Industrial
..........................................y nº de Registro Especial ...................................
CERTIFICA
Que la mencionada empresa ha realizado la/s Reforma/s consistentes en: (1)
...............................................................................................................................................................
...............................................................................................................................................................
...............................................................................................................................................................
...............................................................................................................................................................
...............................................................................................................................................................
Tipificada(s) en el Real Decreto 736/1988, con el(los) número(s) ..................................................
sobre el vehículo (2), marca ......................................., tipo ............................., variante
..........................., denominación comercial ......................................................., matricula
........... y con nº de bastidor ................................................................., de acuerdo con:
- La normativa vigente en materia de reformas de importancia en vehículos.
- Las condiciones del informe favorable, o en su caso, las normas del fabricante del
vehículo aplicables a la/s reforma/s llevadas a cabo en él.
- El proyecto descriptivo de la/s reforma/s, adjunto al expediente.
OBSERVACIONES:
............................................................................................................................................................
............................................................................................................................................................
En ......................, a ..................... de ..................................de ....................
Firma y sello
Fdo.:...........................................................
(1) Se describirán las operaciones básicas realizadas sobre el vehículo y se citarán los elementos y sistemas instalados.
(2) Todos los datos del vehículo se encuentran en la ficha técnica: marca, tipo, variante y denominación comercial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario